Tasa 790-026 de nacionalidad: qué es, cuánto cuesta y cómo pagarla
Para solicitar la nacionalidad española por residencia hay que abonar la tasa administrativa correspondiente, mediante el modelo 790, código 026. Es importante utilizar el formulario oficial y comprobar los datos antes de efectuar el pago.
¿Cuánto cuesta?
El importe publicado por el Ministerio de Justicia es de 104,05€. Puede actualizarse, por lo que conviene verificar la cuantía vigente antes de pagar.
La tasa oficial es independiente de los honorarios de cualquier gestoría o profesional que preste asistencia con la solicitud.
Cómo se genera y se paga
- Cumplimenta el modelo 790-026 oficial con los datos del solicitante.
- Utiliza uno de los medios de pago habilitados en el procedimiento, de acuerdo con las instrucciones vigentes.
- Guarda el justificante y comprueba que corresponde a la tasa y al solicitante adecuados.
- Aporta el justificante en el expediente cuando lo exija el procedimiento.
Errores frecuentes
- Introducir datos personales que no coinciden con la documentación identificativa.
- Utilizar un modelo de tasa correspondiente a otro procedimiento.
- No conservar el justificante de pago.
- Confundir los honorarios de la gestoría con el importe de la tasa administrativa.
Preguntas frecuentes
¿Se devuelve la tasa si me deniegan la nacionalidad?↓
Como regla general, la tasa se abona por la tramitación de la solicitud, no por garantizar un resultado favorable. La procedencia de una devolución debe examinarse conforme a la normativa tributaria aplicable y a las circunstancias concretas.
¿Podéis generar la tasa por mí?↓
Sí, podemos ayudarte a cumplimentar el formulario como parte del servicio contratado. El coste de nuestro servicio y la tasa administrativa son conceptos diferentes: los 104,05€ de la tasa no están incluidos en nuestros honorarios. Antes de contratar, comprueba qué incluye el presupuesto.
¿Vas a presentar tu solicitud por tu cuenta?
Revisamos tus datos y te ayudamos a preparar el modelo 790-026. La tasa administrativa debe abonarse por el importe oficial vigente y conforme a las instrucciones del Ministerio de Justicia.
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